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El mago no encontró la magia y perdió un pozo de US$323K
Antonio Esfandiari volvió a las mesas televisadas y a pesar de que sus poderes fallaron una vez, al final de la noche fue el máximo ganador.
El real decreto que regula la publicidad de juegos de azar en España ahora se enfrenta a una posible inconstitucionalidad por parte del Tribunal Supremo del país.
Durante los meses más duros de pandemia en 2020 se estableció, con carácter obligatorio y de cumplimiento inmediato, que la publicidad relacionada con apuestas de juegos de azar, incluido el poker, solo podía ser transmitida en medios de comunicación en un horario comprendido entre la 1 y 5 de la madrugada.
La Asociación Española de Juego Digital metió un recurso contra el mencionado real decreto y ahora la sala tercera del Tribunal Supremo plantea una posible inconstitucionalidad del artículo 7 apartado 2 de la Ley 13/2011.
“La ley no proporciona criterio con arreglo al cual debe producirse el desarrollo reglamentario de la publicidad ni las pautas conforme a las cuales el reglamento puede condicionar o limitar la publicidad que puedan llevar a cabo los operadores de juego, ni indicación o criterio alguno sobre lo que cabe considerar proporcionado o no”, se expone en información publicada por Focusgn.
También se expuso que el Tribunal Supremo cree que se trata de una “total abdicación por parte del legislador de su facultad para establecer reglas limitativas”.
De ser considerado inconstitucional el artículo, el real decreto impugnado carecería de cobertura legal suficiente para regular la publicidad en el juego. Si, por el contrario, se considera que la ley es conforme a la Constitución, el real decreto sí tendría cobertura legal, pero se podrían analizar otros motivos que alegasen los recurrentes.