FÓRMULA 1
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Las acciones de los gobiernos en cuanto a aumento de salarios, inauguraciones de obras, beneficios para jubilados, etc, suelen ser amplificadas por los medios. Pero cuando se produce un incremento de impuestos, sobre todo en un canal que no suele ser reproducido masivamente, como las apuestas, pasa inadvertido. O casi.
Esto es lo que ocurre con la industria de la que CodigoPoker suele ocuparse desde que hace unos días el gobierno argentino dispuso un incremento del 50% en la alícuota del impuesto indirecto sobre apuestas online del 2%, por lo que ahora regirá en un rango que va del 2,5% al 15%, de acuerdo con la condición del sujeto organizador o explotador, a través del decreto 293/2022 publicado el miércoles último en el Boletín Oficial.
El aumento no pasa por el Congreso y llega en forma del Decreto 293/2022 firmado por el presidente Alberto Fernández; Martín Guzmán, ministro de Economía y Finanzas, y Juan Manzur, el de Gabinete Nacional. El Impuesto Indirecto sobre Apuestas Online fue establecido en diciembre de 2016, mediante la ley 27.346, que dispuso una alícuota del 2% sobre el valor bruto de cada apuesta, pero a su vez se facultó al Poder Ejecutivo a aumentarla hasta en un 50%, disminuirla o dejarla transitoriamente sin efecto.
Posteriormente, en la Ley de Presupuesto 2021 se creó el Registro de Control Online del Sistema de Apuestas, y en el decreto publicado se precisaron “ciertos aspectos reglamentarios, a los efectos de lograr una correcta aplicación”.
“Dadas las complejidades de gravar el juego y las apuestas online, resulta necesaria una regulación dinámica que permita su adaptación, a la par de la evolución de las operaciones de que se trata, y de las diferentes modalidades que puedan presentarse”, explica el decreto en sus considerandos.
Por tal razón, se consideró “pertinente incrementar en el referido porcentaje las alícuotas establecidas”, cuando se trate de sujetos no inscriptos en el registro.
Sujetos residentes en la Argentina e inscriptos en el Registro de Control Online del Sistema de Apuestas: 5%.
Si esos sujetos demuestran contar con un capital invertido, por única vez, superior a los $200 millones a partir del ejercicio económico cerrado el 1º de enero de 2021, un incremento del 20% de la dotación del personal empleado en relación de dependencia con un mínimo de 20 empleados, o 30 si se inscriben a partir de la reglamentación: 2,5%.
Sujeto organizador residente en la Argentina sin estar inscripto en el registro: 7,5%.
En caso de no mediar la intervención de un sujeto del país: 10%; y si el sujeto del exterior no se encuentra inscripto en el registro o está radicado en jurisdicciones “no cooperantes” o “de baja o nula tributación”: 15%.
¿Cómo se aplicará en la práctica e impactará en los bolsillos de los usuarios? Hoy por hoy es imposible afirmarlo. Se verá en la forma que en lo sucesivo los operadores trasladan el incremento a los consumidores.
Fuente: Yogonet