Inicio > Los porteños tienen su ley para las apuestas online

La Legislatura de la Ciudad aprobó el Convenio Marco que firmaron el gobierno porteño y el de la Provincia de Buenos Aires (también dio su aval) para regular las apuestas online, darle un marco legal a la actividad y obtener beneficios económicos para financiar programas sociales.

El diputado Christian Bauab (del oficialista PRO) presento el proyecto.

Según la regulación, tanto el Gobierno de la Ciudad como el de la Provincia de Buenos Aires «se comprometen a promover, estimular y desarrollar por todos los medios el juego saludable y responsable y combatir el juego no oficial en todas sus manifestaciones». Con esta norma, Ciudad calcula recaudará unos 500 millones de pesos anuales, los cuales, aseguraron, se volcarán al «financiamiento de políticas, planes y programas direccionados a la promoción y desarrollo social». Buenos Aires había dado el puntapié inicial en su región; esta regulación porteña es similar a la bonaerense.

¿Quiénes pueden participar? A partir de ahora, Lotería de la Ciudad quedó habilitada para llamar a una licitación y otorgar permisos para que empresas privadas puedan explotar el juego online. La cantidad de licencias se irá determinando de acuerdo a los interesados que se postulen (Buenos Aires puso un top de siete). Claro que deberán afrontar una carga impositiva alta. Por un lado, un 6% de Ingresos Brutos, y luego otro tributo hasta llegar a un máximo del 25% de la facturación total.

Según un estudio, hay cerca de 1.000 páginas de Internet con penetración en Capital y Buenos Aires que comercializan apuestas online sin el aval de la autoridad. Esta ley persigue que las salas estén habilitadas y homologadas para su funcionamiento.

La iniciativa fue enviada a la Legislatura por el Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, y aprobada con 34 votos positivos del bloque oficialista, contra 22 de la oposición.

La ley distingue entre los juegos en línea de azar y/o destreza; apuestas deportivas; apuestas de juegos virtuales y apuestas de eventos no deportivos realizados mediante la utilización de máquinas, instrumentos o soportes, de cualquier tipo o tecnología como apuestas deportivas en línea, tragamonedas en línea, ruleta en línea, juegos de carta (poker, blackjack, punto y banca) y juegos de lotería.

En el documento también se aclara que no podrán ser apostadores de los juegos online:

– Los deportistas, entrenadores u otros participantes directos en el acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta.

  • Los directivos de las entidades deportivas participantes u organizadoras respecto del acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta.
  • Los jueces o árbitros que ejerzan sus funciones en el acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta, así como las personas que resuelvan los recursos contra las decisiones de aquellos.
  • Los accionistas, propietarios, partícipes o titulares significativos del operador de juego, su personal directivo y empleados directamente involucrados en el desarrollo de los juegos, así como sus cónyuges o personas con las que convivan, ascendientes y descendientes en primer grado, en los juegos que gestionen o exploten aquellos, con independencia de que la participación en los juegos, por parte de cualquiera de los anteriores, se produzca de manera directa o indirecta, a través de terceras personas humanas o jurídicas.

Se establece además que a través de la reglamentación se definirán las condiciones y modalidades a efectos de que los usuarios y consumidores de los juegos online, cuenten con un adecuado sistema que les permita autolimitar su gasto.

Fuente y fotos: legislatura.gov.ar

¿Quieres enterarte primero de todo lo que sucede en el mundo del poker? CodigoPoker te brinda la mejor información minuto a minuto en tu social media. Síguenos en X, Facebook, Instagram, Youtube o Twitch

Notas relacionadas

Noticias TOP 3